La gestión de Prevención de Riesgos Laborales
para autónomos

PREVENTIAM

El empresario individual se debe enfrentar a la gestión del negocio y a las responsabilidades impuestas por ley y, en el caso de prevención de riesgos laborales, también se deben realizar determinadas acciones. Tanto por obligación como por necesidad, el autónomo debe tomar en cuenta la normativa de PRL, pero, ¿qué excepciones existen para ellos?

La normativa vigente en el ámbito de la prevención está recogida en la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de PRL, en la cual se establecen algunas obligaciones y derechos de los autónomos. Sobre todo, hace referencia a los centros de trabajo comunes.

¿En qué situaciones el autónomo debe contar con PRL?

La legislación actual hace una diferenciación entre aquellos autónomos que cuentan con trabajadores a su cargo y los que no. Y entre estos últimos, aquellos que comparten centro de trabajo con otros empresarios o empresas.

Para el primero de los casos, el autónomo adquiere todas las obligaciones en términos de PRL que cualquier otra empresa. En este sentido, el tamaño del negocio, el número de trabajadores o el volumen de facturación son factores secundarios para realizar un plan de prevención de riesgos laborales como cualquier otro. La documentación y acciones de PRL necesarias son:

  • Crear un plan de PRL y emergencia.
  • Evaluación de riesgos y planificación preventiva.
  • Comprobar la efectividad de las medidas adoptadas.
  • Informar a sus trabajadores y formarlos sobre los aspectos de prevención.
  • Comunicar las normas de actuación.
  • Vigilar periódicamente el estado de salud de los trabajadores.
  • Medidas especiales para colectivos que requieren de una PRL diferenciada.

En definitiva, generar un plan de PRL por parte de los autónomos con trabajadores no difiere del que se debe realizar en cualquier otra organización. La importancia radica en decidir si la documentación de PRL y la generación de los planes de actuación será por cuenta propia o se externaliza a otra empresa especializada en PRL.

El trabajador autónomo sin trabajadores

En el caso de que el autónomo no cuente con trabajadores a su cargo, supone la única forma en la que no es obligatoria una organización en términos de PRL. Esta decisión queda a la voluntad de la persona física, que podrá decidir en función del tipo de actividad realizada (en algunos casos es recomendable contar con ella sin que precisamente sea obligatoria).

Sin embargo, en la misma ley de PRL existe un caso en el que el autónomo realiza el trabajo en centros ajenos. Concretamente, en el artículo 24 se establece la obligatoriedad de que se coordinen actividades de PRL cuando se comparte espacio de trabajo con otras empresas o empresarios. Las obligaciones radican en la determinación de los medios de coordinación entre las partes, la protección y la información sobre las acciones de PRL en todo el centro.

En resumen, la seguridad y salud en el trabajo es un aspecto fundamental sea cual sea la situación del empresario o la empresa. La capacidad de decisión por parte del autónomo sin trabajadores no debe ser una razón para desestimar la importancia de la PRL en cualquiera de sus ámbitos.

La prevención siempre es necesaria para la conservación de la salud.

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